El 3 de enero de 1833 la Islas Malvinas fueron ilegalmente ocupadas por fuerzas británicas que desalojaron a la población y a las autoridades argentinas allí establecidas legítimamente, reemplazándolas por súbditos británicos. Desde los primeros momentos como nación independiente, la Argentina había ejercido sus derechos de soberanía sobre estos archipiélagos y espacios marítimos, atento a su carácter de heredera de las posesiones de España en América del Sur. La acción del Gobierno británico constituyó un acto de fuerza en tiempos de paz, contrario al derecho internacional y nunca consentido por el Gobierno argentino, que de inmediato presentó sus protestas.
Desde entonces, todos los gobiernos argentinos han reafirmado sus legítimos e imprescriptibles derechos soberanos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. La Constitución Nacional establece que la recuperación del ejercicio efectivo de nuestra soberanía sobre dichos territorios, conforme el derecho internacional y respetando el modo de vida de sus habitantes, constituye un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.
La Cuestión de las Islas Malvinas, como lo dice el Comité Especial de Descolonización, es una situación colonial «especial y particular», que difiere de manera sustantiva de otras cuestiones coloniales. Este año se cumplen sesenta años de la adopción de la resolución 2065 por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que estableció que la manera de descolonizar las Islas Malvinas consiste en una negociación bilateral entre la Argentina y el Reino Unido para resolver pacíficamente la disputa de soberanía, respetando los principios y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas, la resolución 1514, y considerando los intereses de los habitantes de las Islas. Numerosos foros internacionales y regionales se han pronunciado a favor de los derechos de soberanía argentinos y de la reanudación de las negociaciones bilaterales, tales como el Comité Especial de Descolonización de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Organización de Estados Amer icanos ( OEA), el Grupo de los 77 y China, el MERCOSUR, la Cumbre Iberoamericana, la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), el Consenso de Brasilia y la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS), entre otros.
Asimismo, la República Argentina rechaza las actividades unilaterales de exploración y explotación de recursos naturales renovables y no renovables en espacios marítimos argentinos ilegalmente ocupados que, sumadas a la continuada presencia militar británica en el Atlántico Sur, violan resoluciones de Naciones Unidas y han suscitado expresiones de preocupación y rechazo de la comunidad internacional.
El Gobierno argentino manifiesta una vez más su disposición a reanudar las negociaciones bilaterales que permitan encontrar una solución a esta disputa de soberanía y dar fin a la situación colonial en la Cuestión de las Islas Malvinas, de acuerdo a lo dispuesto por las resoluciones pertinentes de la Asamblea General.
En este marco, el Gobierno argentino desea mantener una relación constructiva con el Reino Unido que contemple un diálogo sustantivo que incluya a las negociaciones de soberanía y todo el resto de temas de interés común, en el marco del mandato de nuestra Constitución Nacional y de la resolución de la Asamblea General 2065 (XX) y otras resoluciones de Naciones Unidas.
Convencida de que el único camino posible para la recuperación del ejercicio de sus legítimos derechos soberanos es el de la vía diplomática, la Argentina reitera asimismo su interés en la misión de Buenos Oficios encomendada por la Asamblea General al Secretario General de las Naciones Unidas con el objeto de ayudar a las partes a reanudar las negociaciones con el fin de encontrar lo más pronto posible una solución pacífica a la disputa de soberanía sobre la cuestión de las Islas Malvinas.
El Gobierno y el Pueblo argentino reafirman una vez más, a 192 años de la ilegítima ocupación de las Islas Malvinas, sus legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.