Se trata de un texto que busca modificar la ley sancionada y ratificada por el Congreso tras el veto de Javier Milei, con el fin de ajustar la inversión.
Envalentonado por el proyecto de reforma laboral que apunta a ser sancionado por el Congreso, Javier Milei pretende que durante las sesiones ordinarias se apruebe su propio proyecto de ley de financiamiento universitario.
Tras haber sido ingresado a Diputados el jueves último, la idea libertaria es que el texto sea aprobado inmediatamente después de que el Presidente abra formalmente el período de sesiones ordinarias ante la Asamblea Legislativa; es decir, no más allá de la primera quincena de marzo.
En concreto, el proyecto busca reformular la Ley 27.795, aprobada en dos ocasiones por el cuerpo legislativo y ratificada con más de dos tercios tras el veto presidencial, para continuar con el ajuste en las universidades nacionales a fin de “hacer respetar a rajatabla el déficit fiscal cero”, según señalaron fuentes de Casa Rosada.
Intervinieron en su redacción la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy, y el subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, representante de la agrupación Las Fuerzas del Cielo, que dirige el asesor presidencial Santiago Caputo.
Las claves del nuevo proyecto de financiamiento universitario
La principal iniciativa del proyecto libertario de financiamiento universitario se centra el artículo 3° (que sustituye el art. 3° de la 27.795), buscando que la actualización de los gastos de funcionamiento confluyan con la inflación media por un Indec virtualmente intervenido por el Poder Ejecutivo y por encima del 14,3%, que es “el valor promedio anual utilizado para la confección del proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2026”.
Es decir, si la inflación efectiva supera ese 14,3%, el crédito para las actividades 14 (Funcionamiento), 15 (Hospitales Universitarios) y 16 (Ciencia y Técnica en Universidades) del Programa 26 se ajustará para preservar el incremento real.
A su vez, el artículo 4° dispone un refuerzo específico para el sistema de salud universitario: “Increméntase en la suma de $80.072.460.000 el crédito presupuestario de la Actividad Presupuestaria 15 ‘Asistencia Financiera a Hospitales Universitarios’… con el fin de financiar el funcionamiento del sistema de salud universitario”.
Por otro lado, en relación a las remuneraciones, el artículo 5° fija una recomposición 2025 paga en 2026 para docentes y no docentes, con tres incrementos del 4,1% cada uno (marzo, julio y septiembre), calculados sobre los básicos vigentes al 31 de diciembre de 2025—en total, 12,3%.
Al mismo tiempo ordena al Ejecutivo convocar paritarias obligatorias al mes de sancionada la ley, con periodicidad no mayor a tres meses, con una convocatoria que “deberá ser abarcativa del personal docente y no docente”, expresa el proyecto.
