En Argentina, el trabajo sexual autónomo entre personas adultas convive con una regulación fragmentada. La demanda aparece en ciudades de todo el país, mientras las normas provinciales todavía pueden determinar de manera muy distinta qué ocurre cuando una trabajadora ejerce en el espacio público. La geografía del trabajo no coincide con la geografía de los derechos: cruzar un límite provincial puede cambiar las reglas sin que cambie la actividad ni la persona que la realiza.
Una demanda distribuida por todo el país
Un relevamiento de sesiones de navegación en plataformas de anuncios para adultos, entre el 29 de abril y el 27 de julio de 2026, ubicó a Buenos Aires a la cabeza, con 2,88 millones de sesiones. Detrás aparecieron Tucumán, Córdoba, La Plata y Rosario, todas con más de un millón; Salta registró 0,96 millones. Las cifras miden sesiones, no personas, y muestran la ciudad buscada, no necesariamente desde dónde se hizo la búsqueda. Con esos límites, el mapa apunta a una actividad extendida, que no cabe en la imagen de unas pocas plazas aisladas.
La presencia bonaerense tampoco termina en Mar del Plata ni en las ciudades más pobladas. Los recorridos digitales llegan a municipios con historias y escalas diferentes, donde las trabajadoras organizan su actividad en condiciones locales. Un análisis sobre las búsquedas en anuncios para adultos en Buenos Aires permite mirar más de cerca esa distribución bonaerense. Su interés está en hacer visibles ciudades que suelen quedar fuera de las narrativas concentradas en las grandes capitales: allí también se forman contactos, se organiza el trabajo y se despliegan estrategias de autonomía.
Los derechos se conquistan provincia por provincia
La trayectoria de la Asociación de Mujeres Meretrices de Argentina (AMMAR) muestra que las trabajadoras sexuales han disputado las normas y construido cambios concretos. Entre sus conquistas están la derogación de los edictos policiales en la Ciudad de Buenos Aires, la eliminación de artículos contravencionales en Entre Ríos y Santa Fe, y el reemplazo de “prostitución” por “trabajo sexual” en normas de Santiago del Estero. No son gestos simbólicos: modificar una norma puede reducir herramientas de persecución y reconocer a las trabajadoras como sujetas de derechos.
Pero cada avance tiene una jurisdicción. Lo conseguido en una provincia no protege automáticamente a una trabajadora en otra, y las normas locales pueden conservar figuras que permiten sancionar la oferta de servicios sexuales en la vía pública. Así se forma una geografía desigual: la misma actividad autónoma puede ser tolerada, multada o perseguida según el código que rija en el lugar. Para quien se desplaza por trabajo o se muda, esa diferencia no es una discusión abstracta. Puede afectar su seguridad, sus ingresos y su posibilidad de organizar la vida cotidiana sin temor a una intervención policial.
La pantalla abre margen, pero no cambia la jurisdicción
Publicar un anuncio propio puede ampliar el control sobre el primer contacto: permite presentar condiciones, filtrar consultas y reducir la exposición callejera. Para muchas trabajadoras, ese margen de decisión importa. La digitalización puede apoyar la autonomía y ofrecer herramientas para organizar la actividad; no borra el estigma, la precariedad ni las normas que siguen operando cuando el trabajo ocurre fuera de la pantalla.
Un informe exploratorio del CONICET sobre trabajo sexual mediado por plataformas describe cambios que incluyen tanto nuevas formas de autonomía como tensiones vinculadas a la precarización, la intensificación del trabajo y la sociabilidad digital. El estudio sobre trabajo sexual y plataformas digitales en Argentina ayuda a situar el alcance y los límites de ese cambio. Las plataformas pueden reorganizar los contactos, pero no reforman los códigos provinciales, no aseguran el acceso a la salud ni determinan cómo actuará la fuerza pública. El teléfono cambia la puerta de entrada; el encuentro sigue ocurriendo en un territorio con reglas propias.
Distinguir la autonomía de la explotación
La trata y la explotación requieren respuestas firmes, y es esencial perseguir a quienes captan, coaccionan o someten a otras personas. La Ley 26.364 establece delitos y medidas de asistencia para sus víctimas. Esa tarea pierde precisión y eficacia cuando se confunde la explotación con toda forma de trabajo sexual autónomo entre personas adultas. La distinción importa para que la persecución se dirija contra quienes ejercen violencia y control, y no contra las trabajadoras por su actividad o por estar en la calle.
Cuando se borran esas diferencias, las respuestas punitivas pueden aumentar la vulnerabilidad de quienes dicen proteger. La clandestinidad dificulta pedir ayuda; el temor a una sanción puede alejar a una trabajadora de servicios públicos o hacer más riesgoso denunciar una agresión. Respetar la autonomía no exige minimizar la trata: exige identificar la coerción y perseguirla sin convertir a todas las trabajadoras en sospechosas.
Revisar cada código cambia vidas concretas
El mapa de la demanda ya atraviesa buena parte del país. El de los derechos sigue dividido por límites provinciales y normas que no siempre han sido revisadas. Acercar ambos mapas requiere trabajo legislativo concreto: examinar artículos contravencionales, eliminar los que criminalizan el ejercicio autónomo y asegurar que la protección frente a la violencia no dependa del lugar donde una persona trabaja.
No es un debate lejano para quienes viven en ciudades como Ensenada ni para las trabajadoras de municipios menos visibles. Cada norma local puede incidir en quién trabaja con tranquilidad, quién queda expuesta a una detención y quién puede recurrir a la protección del Estado. Una trabajadora que cruza una frontera provincial no debería perder derechos por hacerlo.

